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Código de Procedimientos Penales Artículo 364 Estado de Puebla


Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 364. Acusación de la víctima u ofendido

Dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la acusación, la víctima u ofendido, podrá por escrito:

I.- Formular acusación coadyuvante, conforme a lo dispuesto en este Código;

II.- Señalar, en su caso, los vicios formales del escrito de acusación y requerir su corrección;

III.- Ofrecer los datos o elementos que estime necesaria para complementar la acusación del Ministerio Público; y

 El último párrafo al artículo 360 se adicionó por Decreto publicado en el

 El primer párrafo del artículo 364 se reformó por Decreto publicado en el

IV.- Solicitar el pago de la reparación del daño y, cuantificar su monto.

La participación de la víctima u ofendido como acusador coadyuvante no alterará las facultades concedidas por ley al Ministerio Público ni lo eximirá de sus responsabilidades. Si se trata de varias víctimas u ofendidos deberán de nombrar un representante común, a falta de acuerdo, el Juez nombrará a uno de ellos siempre que no exista conflicto de intereses.

El escrito al que se refiere este artículo deberá ser notificado dentro de las veinticuatro horas siguientes al Ministerio Público, al imputado y a su defensor.



Estado de Puebla Artículo 364 Código de Procedimientos Penales
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y



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