Código de Procedimientos Penales Artículo 37 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales
Artículo 37. Domicilio
El imputado o acusado deberá proporcionar, a la primera oportunidad, su domicilio real y fijar domicilio dentro del área de competencia territorial del juzgado en que se desarrollará el proceso, y mantendrá actualizados esos domicilios, comunicando al Ministerio Público o juez las variaciones que sufrieren.
La inexactitud del domicilio real será considerada como indicio de sustracción de la acción de la justicia y las notificaciones dirigidas al domicilio especial serán válidas.
Si el imputado no puede fijar domicilio especial dentro del área de competencia territorial del juzgado, se fijará el del defensor público a quien se le comunicará la resolución. En este caso, el defensor y el imputado o acusado, de común acuerdo, establecerán la forma de comunicarse. Será obligación del defensor informar al Ministerio Público y al juez la forma de comunicación acordada, cualquier alteración que sufriere y su eventual terminación
Estado de Veracruz Artículo 37 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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