Código Electoral Artículo 16 Estado de Hidalgo
Código Electoral
Artículo 16.
El número de regidores y síndicos de los Ayuntamientos, se determinará en función del total de la población de cada Municipio oficialmente reconocida.
Para tal efecto, se observarán las siguientes reglas:
I. Los municipios cuya población sea inferior a 30,000 habitantes, contarán con un síndico de mayoría relativa, cinco regidores de mayoría relativa y cuatro de representación proporcional;
II. Los municipios que tengan una población de 30,000 y hasta 50,000 habitantes, contarán con un Síndico de mayoría relativa, siete regidores de mayoría relativa y cinco de representación proporcional;
III. Los municipios que tengan una población de más 50,000 y hasta 100, 000 habitantes, contarán con un síndico de mayoría relativa, que será responsable de los asuntos de la hacienda municipal y uno que será asignado a la primera minoría y será responsable de los asuntos jurídicos, así como nueve regidores de mayoría relativa y seis de representación proporcional; y
IV. Los municipios que tengan una población de más de 100,000 habitantes, contarán con dos síndicos, uno de mayoría relativa que será responsable de los asuntos de la hacienda municipal y otro de primera minoría, que será responsable de los asuntos jurídicos, once regidores de mayoría relativa y ocho de representación proporcional.
Estado de Hidalgo Artículo 16 Código Electoral
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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