Código Electoral Estado de Hidalgo
Código Electoral Estado de Hidalgo
- Artículo 1. Las disposiciones de este Código son de orden público y de observancia...
- Artículo 2. La aplicación de este Código corresponde, en el ámbito de su competencia, al...
- Artículo 3. La promoción de la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al...
- Artículo 4. Votar y ser votado en las elecciones constituye un derecho y una obligación...
- Artículo 5. El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible....
- Artículo 6. Los derechos y obligaciones de los ciudadanos son: I. Derechos: a....
- Artículo 7. Son elegibles para ocupar los cargos de: I. Diputados al Congreso del...
- Artículo 8. Son inelegibles, los candidatos a: I. Diputados al Congreso del Estado,...
- Artículo 9. Los miembros de los Ayuntamientos que aspiren ser candidato a Gobernador o...
- Artículo 10. Los Consejeros Electorales, el Subprocurador de Asuntos Electorales, los...
- Artículo 11. De acuerdo con lo establecido en los artículos 28 y 29 de la Constitución...
- Artículo 12. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de la Constitución...
- Artículo 13. Como lo establecen los artículos 115 de la Constitución Política de los...
- Artículo 14. El Congreso del Estado se integra con 18 Diputados de mayoría y 12 de...
- Artículo 15. La determinación y asignación de los regidores de representación...
- Artículo 16. El número de regidores y síndicos de los Ayuntamientos, se determinará en...
- Artículo 17. Las elecciones de Ayuntamientos se celebrarán cada cuatro años, la de...
- Artículo 18. Las elecciones ordinarias serán convocadas por el Instituto Estatal...
- Artículo 19. Las elecciones extraordinarias se realizarán en los casos previstos en la...
- Artículo 20. Las convocatorias para la celebración de elecciones extraordinarias no...
- Artículo 21. Los partidos políticos son entidades de interés público, con personalidad...
- Artículo 22. Sólo serán reconocidos como partidos políticos, los registrados ante el...
- Artículo 23. Para que una organización de ciudadanos pueda ostentarse como partido...
- Artículo 24. Los partidos políticos con registro nacional o estatal tienen derecho...
- Artículo 25. Los partidos políticos nacionales y estatales, acreditados ante el Consejo...
- Artículo 26. Los partidos políticos estatales están obligados además a: I. Mantener...
- Artículo 27. Para los efectos de lo dispuesto en el último párrafo de la fracción I del...
- Artículo 28. No podrán actuar como Representantes de los partidos ante los órganos...
- Artículo 29. Los partidos políticos tendrán derecho al financiamiento público y privado...
- Artículo 30. Los partidos políticos tendrán derecho al financiamiento público de sus...
- Artículo 31. El financiamiento privado incluye las donaciones y aportaciones de personas...
- Artículo 32. El Consejo General determinará el monto de los topes de los gastos de...
- Artículo 33. Cada partido político será responsable de su contabilidad y de la operación...
- Artículo 34. En cuanto a su régimen financiero, los partidos políticos deberán cumplir...
- Artículo 35. Los partidos políticos tendrán el derecho de acceso a la radio y a la...
- Artículo 36. Las obligaciones en comunicación a las que está sujeta la autoridad...
- Artículo 37. Los partidos políticos acreditados ante el Instituto Estatal Electoral...
- Artículo 38. Los partidos políticos podrán formar coaliciones para las elecciones de...
- Artículo 39. Son causas de pérdida del registro de un partido político estatal, las...
- Artículo 40. La pérdida del registro como partido político local, deberá pronunciarse...
- Artículo 41. Las agrupaciones políticas locales son formas de asociación ciudadana que...
- Artículo 42. Las agrupaciones políticas locales sólo podrán participar en los procesos...
- Artículo 43. Para obtener el registro como agrupación, quien lo solicite deberá acreditar...
- Artículo 44. La asociación política perderá su registro por las siguientes causas:...
- Artículo 45. El Estado, los partidos políticos y los ciudadanos son corresponsables de la...
- Artículo 46. La organización de las elecciones locales es una función estatal que se...
- Artículo 47. El Instituto Estatal Electoral es la autoridad en la materia electoral,...
- Artículo 48. Son fines del Instituto Estatal Electoral: I. Contribuir al desarrollo...
- Artículo 49. El Instituto Estatal Electoral, tendrá en su estructura órganos centrales y...
- Artículo 50. Son órganos del Instituto: I. Centrales: a. El Consejo General; y...
- Artículo 51. El Consejo General será el Órgano Superior de Dirección del Instituto...
- Artículo 52. El Consejo General se integrará de la forma siguiente: I. Un Consejero...
- Artículo 53. El Consejero Presidente y los Consejeros Electorales del Instituto Estatal...
- Artículo 54. Los Consejeros Electorales deberán satisfacer los requisitos establecidos en...
- Artículo 55. Los Consejeros Electorales del Consejo General, percibirán el apoyo...
- Artículo 56. Concluido su encargo, los Consejeros Electorales no podrán asumir un cargo...
- Artículo 57. Los Consejeros Electorales, el Secretario Ejecutivo y los demás servidores...
- Artículo 58. El Presidente del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, en el mes...
- Artículo 59. Cuando el Representante de un partido o de un candidato independiente, no...
- Artículo 60. El Instituto Estatal Electoral ordenará que se publique, en el Periódico...
- Artículo 61. Con el objeto de preparar los comicios, el Consejo General será convocado...
- Artículo 62. El Consejo General se reunirá en sesión ordinaria una vez al mes. En tiempos...
- Artículo 63. Para que el Consejo General pueda sesionar es necesario que esté presente la...
- Artículo 64. En caso de que el Presidente del Consejo General se ausente momentáneamente...
- Artículo 65. En caso de ausencia definitiva del cargo de Consejero Presidente, los...
- Artículo 66. El Consejo General tiene las siguientes atribuciones: I. Vigilar el...
- Artículo 67. Corresponden al Presidente del Consejo General del Instituto Estatal...
- Artículo 68. Corresponde al Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral: I....
- Artículo 69. El Secretario Ejecutivo deberá cubrir los mismos requisitos de los...
- Artículo 70. En el ejercicio de la función de oficialía electoral del Secretario...
- Artículo 71. La Contraloría General del Instituto Estatal Electoral es un órgano auxiliar...
- Artículo 72. El Contralor General deberá reunir los mismos requisitos que este Código...
- Artículo 73. Los Coordinadores Electorales del Instituto Estatal Electoral ante los...
- Artículo 74. Los Coordinadores Electorales, Supervisores y Asistentes Electorales deberán...
- Artículo 75. Las funciones y actividades de los Coordinadores Electorales serán las...
- Artículo 76. Los Supervisores y Asistentes Electorales auxiliarán a los Consejos del...
- Artículo 77. La Junta Estatal Ejecutiva estará integrada por el Consejero Presidente y el...
- Artículo 78. La Junta Estatal Ejecutiva se reunirá por lo menos una vez al mes, siendo...
- Artículo 79. Las funciones que cada Dirección Ejecutiva deberá realizar serán las...
- Artículo 80. El Instituto Estatal Electoral, a través de la Dirección Ejecutiva de...
- Artículo 81. Las relaciones de trabajo así como los conflictos de esta naturaleza, entre...
- Artículo 82. En cada uno de los distritos electorales y municipios, el Instituto contará...
- Artículo 83. Los Consejeros Electorales de los Consejos Distritales y Municipales...
- Artículo 84. Los Consejos Distritales y Municipales Electorales, tendrán un Presidente...
- Artículo 85. Para ser Consejero Electoral Distrital o Municipal se deberán...
- Artículo 86. Los Representantes de los partidos políticos o de los Candidatos...
- Artículo 87. Los Consejos Distritales y Municipales, para el desempeño de sus funciones...
- Artículo 88. Los Consejos Distritales Electorales se instalarán para la preparación...
- Artículo 89. A más tardar el diez de enero del año de la elección, los Consejos...
- Artículo 90. Para que los Consejos Distritales puedan sesionar, será necesaria la...
- Artículo 91. Los Consejos Municipales Electorales tienen las atribuciones y obligaciones...
- Artículo 92. A más tardar el primero de febrero del año de la elección, los Consejos...
- Artículo 93. Para que los Consejos Municipales puedan sesionar, será indispensable la...
- Artículo 94. De producirse una ausencia definitiva de los consejeros distritales o...
- Artículo 95. Las Mesas Directivas de Casilla por mandato constitucional son los órganos...
- Artículo 96. Para el caso de que el Instituto Estatal Electoral ejerza por delegación las...
- Artículo 97. Los ciudadanos y organizaciones de ciudadanos que deseen ejercitar su...
- Artículo 98. El proceso electoral está constituido por el conjunto de actos previstos en...
- Artículo 99. Los procesos electorales ordinarios y extraordinarios, comprenden las...
- Artículo 100. Los procesos electorales para las elecciones ordinarias, se inician con la...
- Artículo 101. La preparación de las elecciones comprende los siguientes actos: I....
- Artículo 102. Las precampañas para las elecciones de Gobernador, Diputados e integrantes...
- Artículo 103. Los partidos políticos dispondrán lo necesario a fin de que los...
- Artículo 104. Los precandidatos se sujetarán a los plazos y disposiciones establecidas en...
- Artículo 105. A más tardar en el mes de octubre del año previo al de la elección, el...
- Artículo 106. Durante las precampañas, queda prohibido a los precandidatos, partidos...
- Artículo 107. Los precandidatos, partidos políticos y coaliciones deberán abstenerse de...
- Artículo 108. Durante la precampaña, deberán observarse todos los principios rectores en...
- Artículo 109. Corresponde a los partidos políticos y coaliciones, el derecho de presentar...
- Artículo 110. Los precandidatos no podrán producir o difundir propaganda de precampaña...
- Artículo 111. Se prohíbe a particulares la contratación permanente o transitoria de...
- Artículo 112. En toda la propaganda a que se refiere este capítulo deberá señalarse en...
- Artículo 113. La propaganda electoral colocada en la vía pública, deberá ser retirada por...
- Artículo 114. Los plazos y órganos competentes para el registro de las candidaturas en el...
- Artículo 115. Las fórmulas de candidatos a Diputados por el principio de representación...
- Artículo 116. En caso de duplicidad en los registros, será la dirigencia estatal de cada...
- Artículo 117. Las candidaturas para Diputados serán registradas por fórmulas y las de...
- Artículo 118. En la totalidad de las solicitudes de registro de las candidaturas a...
- Artículo 119. Las planillas para Ayuntamientos serán integradas por candidatos a...
- Artículo 120. La solicitud de registro de candidatos deberá señalar, en su caso el partido...
- Artículo 121. El órgano electoral correspondiente deberá otorgar o negar el registro de...
- Artículo 122. El Consejo General comunicará a los Consejos Distritales y Municipales, los...
- Artículo 123. La negativa de registro de una candidatura será recurrible en los términos...
- Artículo 124. Para la sustitución de candidatos, fórmulas o planillas, los partidos...
- Artículo 125. El Instituto Estatal Electoral, publicará oportunamente en el Periódico...
- Artículo 126. Para efectos de este Código, la campaña electoral es el conjunto de...
- Artículo 127. La propaganda electoral es el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes,...
- Artículo 128. En aquellos casos en los que las autoridades concedan a los partidos...
- Artículo 129. El día de la elección y los tres que le precedan, no se permitirá la...
- Artículo 130. En términos de ley, el informe anual de labores o gestión de los servidores...
- Artículo 131. Las reuniones públicas realizadas por los partidos políticos y los...
- Artículo 132. La propaganda y mensajes que en el curso de las precampañas y campañas...
- Artículo 133. Los partidos políticos, los precandidatos y candidatos podrán ejercer el...
- Artículo 134. Cada partido político o coalición, según sea el caso, una vez registrados...
- Artículo 135. La actuación de los Representantes generales de los partidos y de Candidatos...
- Artículo 136. Los Representantes de los partidos políticos y de Candidatos Independientes...
- Artículo 137. El registro de los nombramientos de los Representantes ante las mesas...
- Artículo 138. El registro a que se refiere la fracción I del artículo anterior se sujetará...
- Artículo 139. Los nombramientos de los Representantes ante las mesas directivas de casilla...
- Artículo 140. Para la emisión del voto, se imprimirán boletas electorales en un talonario...
- Artículo 141. No habrá modificación a las boletas en caso de cancelación del registro o...
- Artículo 142. Cinco días antes de la elección deberán estar en poder de los Consejos...
- Artículo 143. Los Presidentes de los Consejos Distritales o Municipales entregarán a cada...
- Artículo 144. En las elecciones de Diputados y Gobernador, podrá instalarse una casilla...
- Artículo 145. Para la integración de las mesas directivas y ubicación de las casillas...
- Artículo 146. En las elecciones de Diputados y Gobernador podrán instalarse centros de...
- Artículo 147. El día de la jornada electoral ninguna autoridad puede aprehender a ningún...
- Artículo 148. Para asegurar el orden y garantizar el desarrollo de la jornada electoral,...
- Artículo 149. El día de la elección y veinticuatro horas antes, queda prohibido el...
- Artículo 150. El día de la elección exclusivamente pueden portar armas los miembros...
- Artículo 151. Las autoridades federales, estatales y municipales, a requerimiento que les...
- Artículo 152. Las Notarías Públicas, los Juzgados de Primera Instancia, las agencias del...
- Artículo 153. El día de la jornada electoral, los Notarios Públicos en ejercicio y demás...
- Artículo 154. El primer domingo de junio del año de la elección ordinaria, a las 7:30...
- Artículo 155. Durante el día de la elección se levantará el acta de la jornada electoral,...
- Artículo 156. El Presidente y el Secretario de cada casilla cuidarán las condiciones...
- Artículo 157. De no instalarse la casilla, a las 8:15 horas conforme al artículo anterior,...
- Artículo 158. Los funcionarios y Representantes que actuaron en la casilla, deberán, sin...
- Artículo 159. Se considera que existe causa justificada para la instalación de una casilla...
- Artículo 160. Una vez llenada y firmada el acta de la jornada electoral en el apartado...
- Artículo 161. Los electores votarán en el orden en que se presenten ante la Mesa Directiva...
- Artículo 162. Una vez comprobado que el elector aparece en las listas nominales y que haya...
- Artículo 163. Corresponde al Presidente de la Mesa Directiva, en el lugar en que se haya...
- Artículo 164. El Presidente de la Mesa Directiva podrá solicitar, en todo tiempo, el...
- Artículo 165. Los Representantes de los partidos políticos y de Candidatos Independientes...
- Artículo 166. Ninguna autoridad podrá detener a los integrantes de las mesas directivas de...
- Artículo 167. En las casillas especiales para recibir la votación de los electores que...
- Artículo 168. Una vez asentados los datos a que se refiere el artículo anterior, se...
- Artículo 169. La votación se cerrará a las 18:00 horas. Podrá cerrarse antes de la...
- Artículo 170. El Presidente declarará cerrada la votación al cumplirse con los extremos...
- Artículo 171. Una vez cerrada la votación y llenado y firmado el apartado correspondiente...
- Artículo 172. El escrutinio y cómputo es el procedimiento por el cual los integrantes de...
- Artículo 173. Son votos nulos: I. Aquél expresado por un elector en una boleta que...
- Artículo 174. Cuando el elector marque en la boleta dos o más cuadros y exista coalición...
- Artículo 175. Se entiende por boletas sobrantes aquéllas que habiendo sido entregadas a la...
- Artículo 176. El escrutinio y cómputo se llevará a cabo en el orden siguiente: I. De...
- Artículo 177. Para determinar la validez o nulidad de los votos se observarán las reglas...
- Artículo 178. Si se encontrasen boletas de una elección en la urna correspondiente a otra,...
- Artículo 179. Se levantará un acta de escrutinio y cómputo para cada elección. Cada acta...
- Artículo 180. Concluido el escrutinio y el cómputo de todas las votaciones se levantarán...
- Artículo 181. Al término del escrutinio y cómputo de cada una de las elecciones, se...
- Artículo 182. De las actas de las casillas asentadas en la forma o formas que al efecto...
- Artículo 183. Cumplidas las acciones a que se refiere el artículo anterior, los...
- Artículo 184. La recepción, depósito y salvaguarda de los paquetes en que se contengan los...
- Artículo 185. De la recepción de los paquetes que contengan los expedientes de casilla, se...
- Artículo 186. Conforme los paquetes electorales sean entregados al consejo Distrital o...
- Artículo 187. Para el mejor conocimiento de los ciudadanos, concluida la recepción de los...
- Artículo 188. El Programa de Resultados Electorales Preliminares es el mecanismo de...
- Artículo 189. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral emitirá las reglas,...
- Artículo 190. Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las...
- Artículo 191. El Consejo General del Instituto Estatal Electoral determinará la viabilidad...
- Artículo 192. Las personas físicas o morales que difundan encuestas o sondeos de opinión...
- Artículo 193. Quien solicite u ordene la publicación de cualquier encuesta o sondeo de...
- Artículo 194. Corresponde al Consejo General celebrar la sesión de cómputo y declaración...
- Artículo 195. Durante la sesión se informará de los resultados de la votación consignados...
- Artículo 196. Los Consejos Distritales y Municipales Electorales, deberán celebrar la...
- Artículo 197. No se suspenderá la sesión mientras no se concluya el cómputo de la...
- Artículo 198. Los Consejos Distritales y Municipales Electorales se abstendrán de...
- Artículo 199. Los escritos de protesta, recursos interpuestos y las pruebas exhibidas,...
- Artículo 200. El Consejo Distrital Electoral, iniciada la sesión, procederá a realizar el...
- Artículo 201. El Consejo Municipal Electoral, iniciada la sesión practicará el cómputo de...
- Artículo 202. Los Consejos Distritales o Municipales electorales entregarán los paquetes,...
- Artículo 203. Los candidatos a quienes los Consejos Distritales o Municipales Electorales...
- Artículo 204. El Consejo General del Instituto Estatal Electoral informará al Tribunal...
- Artículo 205. En caso de que el resultado de una elección sea empate, se procederá a una...
- Artículo 206. Una vez publicadas las resoluciones que declaren válidas o nulas las...
- Artículo 207. Una vez resueltos por las instancias jurisdiccionales competentes los medios...
- Artículo 208. Para la asignación de Diputados electos por el principio de representación...
- Artículo 209. Para la asignación de Diputados por el principio de representación...
- Artículo 210. Una vez resueltos por las instancias jurisdiccionales competentes los medios...
- Artículo 211. Para dar cumplimiento a lo establecido en este Código, en la asignación de...
- Artículo 212. Si aplicadas las reglas anteriores, quedaren regidurías por asignar, éstas...
- Artículo 213. Las disposiciones contenidas en este Título tienen por objeto regular las...
- Artículo 214. La organización y desarrollo de la elección de candidaturas independientes...
- Artículo 215. El derecho de los ciudadanos de solicitar su registro de manera...
- Artículo 216. Los ciudadanos que cumplan con los requisitos, condiciones y términos...
- Artículo 217. Para los efectos de la integración de la Legislatura en los términos de los...
- Artículo 218. Para los Ayuntamientos, las y los Candidatos Independientes se registrarán...
- Artículo 219. No procederá en ningún caso, el registro de Candidatos Independientes por el...
- Artículo 220. Las y los Candidatos Independientes que hayan participado en una elección...
- Artículo 221. Para los efectos de este Código, el proceso de selección de los Candidatos...
- Artículo 222. El Consejo General del Instituto Estatal Electoral emitirá la convocatoria...
- Artículo 223. Los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente a un...
- Artículo 224. Con el manifiesto de intención, el candidato independiente deberá presentar:...
- Artículo 225. A partir del día siguiente de la fecha en que obtengan la calidad de...
- Artículo 226. Los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano en los procesos en que se...
- Artículo 227. Se entiende por actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano, el conjunto de...
- Artículo 228. Para la candidatura de Gobernador, la cédula de respaldo deberá contener...
- Artículo 229. Para las fórmulas de Diputados de mayoría relativa, la cédula de respaldo...
- Artículo 230. Para la planilla de integrantes de los Ayuntamientos de mayoría relativa, la...
- Artículo 231. Los aspirantes no podrán realizar actos anticipados de campaña por ningún...
- Artículo 232. Queda prohibido a los aspirantes, en todo tiempo, la contratación de...
- Artículo 233. La cuenta bancaria a la que se refiere el artículo 224 de este Código...
- Artículo 234. La utilización de la cuenta será a partir del inicio de los actos tendentes...
- Artículo 235. Los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano se financiarán con recursos...
- Artículo 236. El Consejo General determinará el tope de gastos equivalente al diez por...
- Artículo 237. Los aspirantes que rebasen el tope de gastos señalado en el artículo...
- Artículo 238. Todo egreso deberá cubrirse con cheque nominativo o transferencia...
- Artículo 239. Le serán aplicables a los aspirantes las disposiciones relacionadas con el...
- Artículo 240. Los aspirantes deberán nombrar una persona encargada del manejo de los...
- Artículo 241. La Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral y, de ser el...
- Artículo 242. El aspirante que no entregue el informe de ingresos y egresos, dentro de los...
- Artículo 243. Los aspirantes que, sin haber obtenido el registro a la candidatura...
- Artículo 244. Son derechos de los aspirantes: I. Solicitar a los órganos electorales,...
- Artículo 245. Son obligaciones de los aspirantes: I. Conducirse con respeto...
- Artículo 246. Los ciudadanos que aspiren a participar como Candidatos Independientes en la...
- Artículo 247. Los dirigentes de los partidos políticos no podrán solicitar su registro...
- Artículo 248. Los plazos y órganos competentes para el registro de las candidaturas en el...
- Artículo 249. Los ciudadanos que aspiren a participar como Candidatos Independientes a un...
- Artículo 250. Recibida una solicitud de registro de candidatura independiente por el...
- Artículo 251. Si de la verificación realizada se advierte que se omitió el cumplimiento de...
- Artículo 252. Una vez que se cumplan los demás requisitos establecidos en este Código, el...
- Artículo 253. Las firmas no se computarán para los efectos del porcentaje requerido,...
- Artículo 254. Si la solicitud no reúne el porcentaje requerido se tendrá por no...
- Artículo 255. Ninguna persona podrá registrarse como candidato a distintos cargos de...
- Artículo 256. El día previo al inicio de las campañas, los Consejos General, Distritales y...
- Artículo 257. El Secretario Ejecutivo del Consejo General y los Presidentes de los...
- Artículo 258. Tratándose de la fórmula de Diputados, será cancelado el registro de la...
- Artículo 259. Para el caso de sustitución de Candidatos Independientes de los integrantes...
- Artículo 260. Son prerrogativas y derechos de los Candidatos Independientes registrados:...
- Artículo 261. Son obligaciones de los Candidatos Independientes registrados: I....
- Artículo 262. Los Candidatos Independientes que incumplan con la normatividad electoral...
- Artículo 263. Los Candidatos Independientes, de conformidad con lo previsto por los...
- Artículo 264. El registro de los nombramientos de los Representantes ante mesas directivas...
- Artículo 265. El régimen de financiamiento de los Candidatos Independientes tendrá las...
- Artículo 266. El financiamiento privado se constituye por las aportaciones que realicen el...
- Artículo 267. Los Candidatos Independientes tienen prohibido recibir aportaciones y...
- Artículo 268. No podrán realizar aportaciones o donativos en efectivo, metales y piedras...
- Artículo 269. Los Candidatos Independientes no podrán solicitar créditos provenientes de...
- Artículo 270. Para el manejo de los recursos de campaña electoral, se deberá utilizar la...
- Artículo 271. Todo egreso deberá cubrirse con cheque nominativo o transferencia...
- Artículo 272. Las aportaciones de bienes muebles, servicios o de cualquier otra en especie...
- Artículo 273. En ningún caso, los Candidatos Independientes podrán recibir en propiedad...
- Artículo 274. Los Candidatos Independientes tendrán derecho a recibir financiamiento...
- Artículo 275. El monto que le correspondería a un partido de nuevo registro se distribuirá...
- Artículo 276. Los candidatos deberán nombrar una persona encargada del manejo de los...
- Artículo 277. Los Candidatos Independientes deberán reembolsar al Instituto Estatal...
- Artículo 278. El Instituto Estatal Electoral, en coordinación con el Instituto Nacional...
- Artículo 279. El conjunto de Candidatos Independientes, según el tipo de elección,...
- Artículo 280. Los Candidatos Independientes deberán entregar sus materiales al Instituto...
- Artículo 281. Ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de...
- Artículo 282. El Instituto Estatal Electoral dará el aviso a la autoridad correspondiente,...
- Artículo 283. Para la transmisión de mensajes de los Candidatos Independientes en cada...
- Artículo 284. El tiempo que corresponda a cada Candidato Independiente será utilizado...
- Artículo 285. El Comité de Radio y Televisión del Instituto Nacional Electoral será el...
- Artículo 286. Las infracciones a lo establecido en este Título serán sancionadas en los...
- Artículo 287. Son aplicables a los Candidatos Independientes, las normas sobre propaganda...
- Artículo 288. La propaganda electoral de los Candidatos Independientes deberá tener el...
- Artículo 289. La revisión de los informes que los aspirantes y Candidatos Independientes...
- Artículo 290. Los Candidatos Independientes figurarán en la misma boleta que el Consejo...
- Artículo 291. En la boleta, de acuerdo con la elección de que se trate, aparecerá el...
- Artículo 292. Los documentos electorales serán elaborados por el Instituto Estatal...
- Artículo 293. Se contará como voto válido la marca que haga el elector en un solo recuadro...
- Artículo 294. Para determinar la votación que servirá de base para la asignación de...
- Artículo 295. Corresponde al Instituto Estatal Electoral la organización, desarrollo,...
- Artículo 296. El Consejo General del Instituto Estatal Electoral organizará un debate...
- Artículo 297. Los medios de comunicación local podrán organizar libremente debates entre...
- Artículo 298. La transmisión de los debates por los medios de comunicación será gratuita y...
- Artículo 299. Son sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a las...
- Artículo 300. Son infracciones de los partidos políticos: I. El incumplimiento de las...
- Artículo 301. Constituyen infracciones de las agrupaciones políticas al presente Código,...
- Artículo 302. Son infracciones de los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de...
- Artículo 303. Son infracciones de los aspirantes a Candidatos Independientes y de los...
- Artículo 304. Son infracciones de los ciudadanos, de los dirigentes y afiliados a partidos...
- Artículo 305. Son infracciones de los observadores y de las organizaciones de observadores...
- Artículo 306. Son infracciones de las autoridades o los servidores públicos, según sea el...
- Artículo 307. Son infracciones de los Notarios Públicos al presente Código, el...
- Artículo 308. Son infracciones de los extranjeros al presente Código, las conductas que...
- Artículo 309. Son infracciones de las organizaciones de ciudadanos que pretendan...
- Artículo 310. Son infracciones de las organizaciones sindicales, laborales o patronales, o...
- Artículo 311. Son infracciones de los ministros de culto, asociaciones, iglesias o...
- Artículo 312. Las infracciones señaladas en los artículos anteriores serán sancionadas...
- Artículo 313. Cuando las autoridades estatales o municipales cometan alguna infracción...
- Artículo 314. Cuando el Instituto Estatal Electoral conozca del incumplimiento por parte...
- Artículo 315. Cuando el Instituto Estatal Electoral tenga conocimiento de que un...
- Artículo 316. Cuando el Instituto Estatal Electoral tenga conocimiento de la comisión de...
- Artículo 317. Para la individualización de las sanciones a que se refiere este Título, una...
- Artículo 318. Las multas deberán ser pagadas en la Dirección Ejecutiva de Administración...
- Artículo 319. Los procedimientos sancionadores se clasifican en procedimientos ordinarios...
- Artículo 320. Son órganos competentes para la tramitación y resolución del procedimiento...
- Artículo 321. Las notificaciones se harán a más tardar dentro de los tres días hábiles...
- Artículo 322. Son objeto de prueba los hechos controvertidos. No lo será el derecho, los...
- Artículo 323. Las pruebas deberán ofrecerse en el primer escrito que presenten las partes...
- Artículo 324. Las pruebas admitidas y desahogadas serán valoradas en su conjunto,...
- Artículo 325. Para la resolución expedita de las quejas o denuncias y con el objeto de...
- Artículo 326. El procedimiento para el conocimiento de las faltas y aplicación de...
- Artículo 327. Cualquier persona podrá presentar quejas o denuncias por presuntas...
- Artículo 328. Recibida la queja o denuncia, la Secretaría Ejecutiva procederá a: I....
- Artículo 329. La queja o denuncia será improcedente cuando: I. Tratándose de quejas o...
- Artículo 330. Procederá el sobreseimiento de la queja o denuncia, cuando: I. Habiendo...
- Artículo 331. Admitida la queja o denuncia, la Secretaría Ejecutiva emplazará al...
- Artículo 332. El escrito de contestación deberá cumplir con los siguientes requisitos:...
- Artículo 333. La investigación para el conocimiento cierto de los hechos se realizará por...
- Artículo 334. Concluido el desahogo de las pruebas y, en su caso, agotada la...
- Artículo 335. En la sesión en que conozca del proyecto de resolución, el Consejo General...
- Artículo 336. El procedimiento ordinario de sanción será la vía procedente para conocer,...
- Artículo 337. Dentro de los procesos electorales, la Secretaría Ejecutiva, instruirá el...
- Artículo 338. En la presunta comisión de infracciones relacionadas con propaganda política...
- Artículo 339. La audiencia de pruebas y alegatos se llevará a cabo de manera...
- Artículo 340. Celebrada la audiencia, la Secretaría Ejecutiva deberá turnar de forma...
- Artículo 341. El Tribunal Electoral, recibirá del Instituto Estatal Electoral el...
- Artículo 342. Las sentencias que resuelvan el procedimiento especial sancionador podrán...
- Artículo 343. El presente Libro, reglamenta el sistema de medios de impugnación en materia...
- Artículo 344. Para la resolución de los medios de impugnación previstos en este Código,...
- Artículo 345. El sistema de medios de impugnación regulado por este Código tiene por...
- Artículo 346. Son medios de impugnación en materia electoral: I. Recurso de Revisión;...
- Artículo 347. Corresponde al Instituto Estatal Electoral conocer y resolver el recurso de...
- Artículo 348. Las Autoridades Estatales y Municipales, así como los ciudadanos, partidos...
- Artículo 349. Las disposiciones del presente Título rigen para el trámite, sustanciación y...
- Artículo 350. Durante los Procesos Electorales todos los días y horas son hábiles. Los...
- Artículo 351. Los medios de impugnación previstos en este Código deberán presentarse...
- Artículo 352. Los Medios de Impugnación deberán presentarse por escrito, debiendo cumplir...
- Artículo 353. Los medios de impugnación previstos en este Código serán improcedentes y se...
- Artículo 354. Procederá el sobreseimiento de los Medios de Impugnación, cuando: I. El...
- Artículo 355. Son partes en el procedimiento de los Medios de Impugnación las siguientes:...
- Artículo 356. La interposición de los Medios de Impugnación corresponde a: I. Los...
- Artículo 357. Para la resolución de los medios de impugnación previstos en este Código,...
- Artículo 358. Las pruebas deberán ser ofrecidas y aportadas en el escrito en que se...
- Artículo 359. Sólo los hechos controvertidos son materia de prueba. No lo serán el...
- Artículo 360. El que afirma está obligado a probar. También lo está el que niega, cuando...
- Artículo 361. Las pruebas aportadas serán valoradas por el órgano competente para...
- Artículo 362. La Autoridad Responsable que reciba un Medio de Impugnación, bajo su más...
- Artículo 363. Recibido el recurso por la Autoridad responsable, y una vez que haya...
- Artículo 364. Recibida la documentación a que se refiere el artículo anterior, el Tribunal...
- Artículo 365. Si la autoridad u órgano partidista responsable incumple con la obligación...
- Artículo 366. Para la resolución pronta y expedita de los medios de impugnación previstos...
- Artículo 367. Las resoluciones que respectivamente pronuncien el Tribunal Electoral o el...
- Artículo 368. Al resolver los Medios de Impugnación, el Tribunal Electoral y el Consejo...
- Artículo 369. Reunidos los Magistrados en sesión plenaria, discutirán los proyectos de...
- Artículo 370. En casos extraordinarios, se podrá diferir la resolución de un asunto...
- Artículo 371. Los juicios de inconformidad, en su totalidad, serán resueltos por el Pleno...
- Artículo 372. Todos los actos y resoluciones que emitan el Tribunal Electoral y el Consejo...
- Artículo 373. Durante los procesos electorales, el Tribunal Electoral y el Consejo General...
- Artículo 374. Todos los promoventes, en el primer escrito, podrán designar domicilio para...
- Artículo 375. Las notificaciones podrán ser personales, por estrados mediante cédula,...
- Artículo 376. Las notificaciones personales se realizarán en aquellos casos en que...
- Artículo 377. Cuando la notificación deba realizarse por estrados, el actuario o...
- Artículo 378. Los Órganos Electorales y Autoridades Responsables deberán ser notificadas...
- Artículo 379. Las resoluciones recaídas a los medios de impugnación, serán notificadas de...
- Artículo 380. A fin de hacer cumplir las disposiciones del presente ordenamiento y las...
- Artículo 381. Las medidas de apremio y las correcciones disciplinarias a que se refiere el...
- Artículo 382. Las nulidades establecidas en este Título podrán afectar la votación emitida...
- Artículo 383. Las causas de nulidad de la votación recibidas en una casilla, surtirán...
- Artículo 384. La votación recibida en una o varias casillas, será nula cuando sin causa...
- Artículo 385. Son causales de nulidad de una elección, cuando: I. Se demuestre que en...
- Artículo 386. Cuando en la fórmula de Diputados por el principio de mayoría relativa,...
- Artículo 387. Cuando algún propietario integrante de la planilla para la elección de...
- Artículo 388. Tratándose de los Diputados electos por el principio de representación...
- Artículo 389. Ningún partido político o coalición podrá invocar como causas de nulidad,...
- Artículo 390. Las elecciones de Diputados, Gobernador y Ayuntamientos, sólo podrán ser...
- Artículo 391. Las elecciones que en las etapas de resultados, declaración de validez o, en...
- Artículo 392. El Recurso de Revisión procede en los siguientes casos: I. Durante un...
- Artículo 393. Es competente para substanciarlo y resolverlo el Consejo General del...
- Artículo 394. Están legitimados para promoverlo los partidos políticos y coaliciones, a...
- Artículo 395. Los recursos, deberán ajustarse al siguiente procedimiento: I. Recibida...
- Artículo 396. Concluida la sustanciación, el Secretario Ejecutivo proyectará la resolución...
- Artículo 397. El Recurso de Revisión deberá resolverse dentro de los cuatro días...
- Artículo 398. La resolución de fondo que recaiga al recurso de revisión, tendrá como...
- Artículo 399. La resolución que se dicte en este Recurso, será recurrible mediante el...
- Artículo 400. En cualquier tiempo, el recurso de apelación será procedente para impugnar:...
- Artículo 401. Será competente para sustanciarlo y resolverlo el Pleno del Tribunal...
- Artículo 402. Están legitimados para interponer este recurso: I. Los partidos...
- Artículo 403. Recibido el Medio de Impugnación en la Oficialía de Partes del Tribunal...
- Artículo 404. La Secretaría General del Tribunal Electoral, dará cuenta del medio de...
- Artículo 405. El Magistrado Instructor cumplirá con el siguiente procedimiento: I....
- Artículo 406. Si del análisis de los Medios de Impugnación, se desprende que se satisfacen...
- Artículo 407. En caso extraordinario, el Pleno del Tribunal podrá ordenar la realización...
- Artículo 408. Si durante el procedimiento sobreviniere alguna causal de sobreseimiento, el...
- Artículo 409. El Magistrado Instructor desechará por extemporáneo el escrito de tercero...
- Artículo 410. Cuando el tercero interesado no acredite su personería será requerido para...
- Artículo 411. Cerrada la instrucción, el Magistrado Instructor del conocimiento, formulará...
- Artículo 412. Formulado el proyecto por el Magistrado Instructor lo hará llegar a los...
- Artículo 413. El proyecto será discutido por el Pleno del Tribunal en los términos...
- Artículo 414. El recurso de apelación deberá resolverse dentro de los seis días siguientes...
- Artículo 415. Las resoluciones pronunciadas en el recurso de apelación podrán tener como...
- Artículo 416. Durante el Proceso Electoral y exclusivamente en la etapa de resultados,...
- Artículo 417. El Juicio de Inconformidad podrá interponerse para: I. Hacer valer las...
- Artículo 418. Será potestativo para los partidos políticos, la formulación del escrito de...
- Artículo 419. Deberán exhibirse por los Representantes de los partidos políticos...
- Artículo 420. El Presidente o el Secretario de la Mesa Directiva de Casilla o del Consejo...
- Artículo 421. Los escritos de protesta recibidos en la casilla serán enviados en el sobre...
- Artículo 422. Será competente para sustanciarlo y resolverlo, el Pleno del Tribunal...
- Artículo 423. En la elección de Diputados o Ayuntamientos se encuentran legitimados para...
- Artículo 424. El escrito que contenga el juicio deberá contener, además de los requisitos...
- Artículo 425. El juicio deberá interponerse ante el Consejo General, Distrital o...
- Artículo 426. Una vez que el Consejo respectivo haya realizado la notificación anterior,...
- Artículo 427. Recibido el escrito inicial y sus anexos en el Tribunal Electoral, el...
- Artículo 428. Si durante la sustanciación se actualiza alguna causal de sobreseimiento, el...
- Artículo 429. Admitido el juicio y recibido en tiempo y forma el escrito de los partidos...
- Artículo 430. Substanciado en su totalidad el juicio, y formulado el proyecto por el...
- Artículo 431. El proyecto será discutido por el Pleno del Tribunal Electoral, en términos...
- Artículo 432. Las resoluciones pronunciadas en el Juicio de Inconformidad, podrán tener...
- Artículo 433. El juicio para la protección de los derechos político-electorales, sólo...
- Artículo 434. El juicio podrá ser promovido por el ciudadano cuando: I. Considere que...
- Artículo 435. El Tribunal Estatal Electoral será competente para resolver el juicio para...
- Artículo 436. Las sentencias que resuelvan el fondo del juicio para la protección de los...
- Artículo 437. Las sentencias recaídas a los juicios para la protección de los derechos...
Otras regulaciones
Código de Procedimientos Civiles Código de Procedimientos Familiares Código Civil Código Único de Ética de La Administración Pública Código FiscalMejores juristas





Hola, quisiera inscribirme voluntariamente al régimen obligatorio, me comentaron que ya no puedo debido a que no cumplo con este articulo, yo entiendo que las 52 semanas se cuentan hacia atrás de la ultima fecha de baja, pero en el seguro las quieren contar hacia atrás de la fecha actual, tengo 4 años y 3 meses de mi fecha de baja, ¿es correcto lo que me dijeron en la subdelegación? y si no que se puede hacer?
Hola buenas tardes ! Tengo una duda.... Soy demandante o representante legal de mi menor hijo en un juicio de alimentos... es necesario que asista a la audiencia prevista por el Art. 219 del CPC del estado de Veracruz? me podrian dar informacion al respecto y enviar a mi correo: [email protected]
Hola, buenas tardes, donde puedo localizar el código civil de Tamaulipas del año de 1958, tengo que verificar que régimen matrimonial regía en ese entonces en Nuevo Laredo, el acta dice que lo establece del Código Civil de enero de 1958
Buenas tardes,en donde obtengo informacion sobre los derechos que adquiere un arrendatario por antiguedad ocupando un depto. firmando contrato cada año
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