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Código Electoral Artículo 51 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Electoral Hidalgo
Artículo 51.

El Consejo General será el Órgano Superior de Dirección del Instituto Estatal Electoral, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar que los principios de legalidad, certeza, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad, guíen todas las actividades del Instituto.



Estado de Hidalgo Artículo 51 Código Electoral
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