Código Electoral Artículo 2 Estado de Hidalgo
Código Electoral Hidalgo
Artículo 2.
La aplicación de este Código corresponde, en el ámbito de su competencia, al Instituto Estatal Electoral, al Tribunal Electoral y al Congreso, todos del Estado de Hidalgo, quienes serán responsables de velar por el libre ejercicio de los derechos político - electorales, la efectividad del sufragio y la validez de las elecciones; contarán con el apoyo y colaboración de las autoridades federales, estatales y municipales para el mejor cumplimiento de sus funciones.
La interpretación de este Código será conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional. A falta de disposición expresa se aplicarán los principios generales del derecho.
Estado de Hidalgo Artículo 2 Código Electoral
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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