Imprimir

Código Electoral Artículo 355 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Electoral Hidalgo
Artículo 355.

Son partes en el procedimiento de los Medios de Impugnación las siguientes:

I. El actor, que será quien estando legitimado lo presente por sí mismo o, en su caso, a través de su Representante en los términos de este Código;

II. Los partidos políticos, coaliciones o asociaciones políticas, que estando legitimados en los términos de la ley, promuevan el recurso a través de sus Representantes debidamente acreditados para tal efecto;

III. La Autoridad responsable, que será quien haya realizado el acto o emitido la resolución que se impugna; y

IV. El tercero interesado, que será el partido político, coalición, el ciudadano o el candidato, según corresponda, que tenga interés legítimo en la causa, derivada de un hecho incompatible con el que pretenda el promovente.

Las agrupaciones políticas sólo podrán comparecer como tercero interesado a través del partido político con el que hayan celebrado acuerdo de participación.



Estado de Hidalgo Artículo 355 Código Electoral
Artículo 1 ...353 354 355 356 357 ...437

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse