Código Electoral Artículo 172 Estado de Hidalgo
Código Electoral Hidalgo
Artículo 172.
El escrutinio y cómputo es el procedimiento por el cual los integrantes de cada una de las mesas directivas de casilla, determinan:
I. El número de electores que votó en la casilla;
II. El número de votos emitidos en favor de cada uno de los partidos políticos o candidatos;
III. El número de votos nulos, debiéndose entender por éstos
a. Aquel expresado por un elector en una boleta que depositó en la urna, sin haber marcado ningún emblema de Partido Político; y
b. Cuando el elector marque dos o más emblemas sin existir coalición entre los Partidos que hayan sido marcados; y
IV. El número de boletas sobrantes de cada elección, las cuales deberán inutilizarse individualmente con dos rallas diagonales.
Se entenderá por boletas sobrantes aquellas que habiendo sido entregadas a la Mesa Directiva de Casilla no fueron utilizadas por los electores.
Estado de Hidalgo Artículo 172 Código Electoral
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