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Código Financiero Artículo 148 Estado de México


Código Financiero México
Artículo 148.

Por la expedición de documentos solicitados en el ejercicio del derecho a la información pública, se pagarán los derechos conforme a la siguiente:

T A R I F A

CONCEPTO NÚMERO DE VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE

I. Por la expedición de copias simples:

A). Por la primera hoja. 0.224

B). Por cada hoja subsecuente. 0.016

II. Por la expedición de copias certificadas:

A). Por la primera hoja. 0.850

B). Por cada hoja subsecuente. 0.417

III. Por la expedición de información en medios magnéticos. 0.224

IV. Para la expedición de información en disco compacto por cada disco.

0.336

V. Por el escaneo y digitalización de documentos. 0.008

Para los supuestos establecidos en las fracciones III y IV, el solicitante podrá proporcionar a la

autoridad municipal, el medio en el que requiera le sea entregada la información pública, en cuyo caso no habrá costo que cubrir.



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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