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Código Financiero Artículo 149 Estado de México


Código Financiero México
Artículo 149.

Por el almacenaje de bienes muebles secuestrados dentro del procedimiento administrativo de ejecución, se pagarán conforme a la siguiente:

TARIFA

CONCEPTO NÚMERO DE VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE

I. De los bienes secuestrados:

A). Cuando los bienes ocupen hasta 1 m2 de superficie, por día. 0.14

B). Por cada metro o fracción excedente, por día. 0.03

II. De los bienes liberados, no retirados oportunamente:

A). Cuando los bienes ocupen hasta 1 m2 de superficie, por día. 6.0

B). Por cada metro o fracción excedente, por día. 1.0



Estado de México Artículo 149 Código Financiero
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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