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Código Penal Artículo 123 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Penal Coahuila
Artículo 123. Duración de la suspensión de derechos y de las medidas de seguridad en la condena condicional

La suspensión de derechos y las medidas de seguridad se podrán cancelar, modificar o sustituir por el juez durante el tiempo en el que se deba suspender condicionalmente la ejecución de la pena de prisión, a petición del sentenciado, Ministerio Público, víctimas directas o indirectas, sus representantes legítimos, o sus abogados, o representantes de la dependencia encargada de ejecutar la prisión. El juez de ejecución tomará en consideración, según sea el caso, la protección de víctimas directas o indirectas y/o de terceros, la naturaleza de la actividad que motivó la suspensión o limitación de los derechos y el fin de reincorporación social del sentenciado. 



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 123 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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