Código Penal Artículo 300 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Penal Coahuila
Artículo 300. SANCIÓN Y FIGURAS TÍPICAS DE CORRUPCIÓN DE MENORES E INCAPACES
Se aplicará prisión de cuatro a nueve años de prisión y multa al que obligue, procure, facilite, induzca, fomente, propicie, promueva o favorezca la corrupción de un menor de dieciocho años de edad, o de una persona que no tuviere capacidad de comprender el significado del hecho, o de decidir conforme a esa comprensión, o de poder resistirlo por cualquier otra circunstancia personal; valiéndose de acciones u omisiones tendientes a que concluyan en la realización de actos de degradación sexual, conductas depravadas, prácticas de prostitución, mendicidad, consumo irracional y reiterado de bebidas embriagantes, o la práctica de algún otro vicio; o lo obligue, incite, instigue o persuada a intervenir en la comisión de cualquier delito doloso o a formar parte de una asociación delictuosa, conspiración criminal, banda o pandilla.
Se aplicará prisión de cuatro a ocho años y multa a quien comercie, distribuya, haga circular, oferte, difunda o facilite a las personas señaladas en el párrafo anterior, fotografías, audiograbaciones, filmes, anuncios impresos o imágenes de exhibicionismo corporal o de carácter sexual, reales o simuladas, sea de manera física, digital o a través de cualquier medio.
Se le impondrán de seis a doce años de prisión y multa, a quien obligue, procure, facilite, induzca, fomente, propicie, promueva o favorezca la intervención en la realización de cualquier delito previsto en la Ley General de Salud o el consumo de narcóticos o de sustancias tóxicas, por parte de un menor de edad o de quien no tuviere la capacidad de comprender el significado del hecho, o de decidir conforme a esa comprensión o de poder resistirlo por cualquier otra circunstancia personal.
A quien obligue, procure, facilite, induzca, fomente, propicie, promueva o favorezca el consumo de narcóticos o de sustancias tóxicas por parte de un menor de edad o de quien no tuviere la capacidad de comprender el significado del hecho, o de decidir conforme a esa comprensión o de poder resistirlo por cualquier otra circunstancia personal, se le aplicará de seis a doce años de prisión y multa.
Si el corruptor es ascendiente del menor o del incapaz, o al ejecutar los actos ejercía cualquier forma de autoridad sobre ellos; la sanción que señala este artículo se incrementará en un tercio más del mínimo y máximo; además, en su caso, se le privará de la patria potestad, tutela o guarda que ejerza, así como de todos los derechos que le correspondan sobre los bienes del ofendido.
No se entenderá por corrupción de menores o incapaces los programas preventivos, educativos o informativos que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales, que tengan por objeto la educación sexual, educación sobre la función reproductiva, prevención de infecciones de transmisión sexual o embarazo de adolescentes.
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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