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Código Penal Artículo 35 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Penal Coahuila
Artículo 35. Autoría indeterminada sin acuerdo ni adherencia

Cuando en la comisión de un delito varias personas intervengan sin acuerdo previo ni adherencia entre sí, y no pueda precisarse el daño que cada cual produjo, a todas las que realizaron dolosamente conductas adecuadas para producir el resultado se les impondrá desde las dos terceras partes del mínimo, hasta las dos terceras partes del máximo de las penas y medidas de seguridad que correspondan al delito cometido, con inclusión de su modalidad, en su caso.

Respecto de quien se precise el resultado que causó, sólo se le sancionará en cuanto al mismo. 



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 35 Código Penal
Artículo 1 ...33 34 35 36 37 ...445
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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