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Código Penal Artículo 350 Estado de Zacatecas


Código Penal Zacatecas
Artículo 350.

Se impondrán de tres meses a seis años de prisión y multa de diez a sesenta cuotas, en los siguientes casos:

I.El acaparamiento, sustracción al consumo en cualquier forma, o convenio expreso o tácito para no vender, con el propósito de provocar o determinar el alza de los precios de los artículos de primera necesidad;

II.Todo acto o procedimiento ilícito que dificulte o se proponga dificultar a otras personas la libre concurrencia en la producción o en el comercio;

III.Los convenios o pactos para limitar la producción o elaboración de uno o varios artículos de comercio, con el propósito de establecer o sostener un monopolio y lucrar con él, o mantenerlos en injusto precio;

IV.La venta de bienes de consumo o la prestación de servicio deliberada por debajo del precio del costo, no tratándose de artículos deteriorados o en liquidación, siempre que tenga por objeto impedir la libre concurrencia, con fines especulativos;

V.La venta de artículos o la prestación de servicios de primera necesidad a mayor precio del fijado por las autoridades competentes en los reglamentos o concesiones respectivas; y

VI.La venta de artículos de primera necesidad en cantidades o pesos menores a los debidos o sujeta a condiciones.



Estado de Zacatecas Artículo 350 Código Penal
Artículo 1 ...349 349 bis 350 351 352 ...392
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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