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Código Procesal Civil Artículo 119 Estado de Morelos


Código Procesal Civil Morelos
Artículo 119. Encomienda de despachos a órgano inferior

El Tribunal Superior puede, en su caso, encomendar la práctica de diligencias a los Jueces inferiores de su jurisdicción.

Los Jueces requeridos podrán a su vez encomendar la práctica de la misma diligencia a otro de inferior categoría, dentro de la misma jurisdicción, si por razón de la distancia fuere más obvio que éste la practique.



Estado de Morelos Artículo 119 Código Procesal Civil
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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