Constitución Artículo 84 Estado de Baja California Sur
Constitución Baja California Sur
Artículo 84.
Para ser Procurador General de Justicia de ésta Entidad Federativa, y Fiscal Especializado en materia de Combate a la Corrupción, se requiere:
I.- Ser ciudadano mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
II.- Tener 35 años cumplidos el día de la designación;
III.- Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar vinculado a proceso penal;
IV.- Tener Título de Licenciado en Derecho, expedido por Institución legalmente facultada para ello; con Cedula Profesional, y tener como mínimo 10 años de ejercicio profesional;
V.- No estar suspendido, inhabilitado o hubiese sido destituido por resolución firme como servidor público en esta o en cualquier otra entidad federativa o de la Administración Pública Federal;
VI.- Haber cumplido con el servicio militar nacional;
VII.- Gozar de buena salud; y
VIII.- Abstenerse de hacer uso ilícito de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares, ni padecer alcoholismo.
IX.- Previamente a su ratificación o no ratificación por el Congreso del Estado, presentar y aprobar las evaluaciones de control de confianza que se determinen en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Estado de Baja California Sur Artículo 84 Constitución
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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