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Constitución Artículo 159 Estado de Guerrero


Constitución Guerrero
Artículo 159.

El Consejo de Políticas Públicas será competente para:

I. Coadyuvar en la planeación estratégica del desarrollo estatal y determinar las prioridades de políticas públicas en cada una de las ramas de la administración, de conformidad con los objetivos y metas del Estado en el corto, mediano y largo plazo;

II. Constituirse en órgano de consulta del Gobernador del Estado y de la administración pública estatal y municipal para el diseño, evaluación y seguimiento de políticas públicas;

III. Proponer al Gobernador del Estado iniciativas legislativas para establecer las bases, lineamientos y criterios a que deberán ajustarse las políticas públicas del Estado;

IV. Formular opiniones y recomendaciones para el diseño, elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Estatal de Desarrollo, los planes y programas sectoriales y municipales;

V. Formular a la administración pública estatal y municipal las recomendaciones necesarias para promover y eficientar el desarrollo económico y social del Estado de Guerrero;

VI. Verificar las políticas, planes, programas y proyectos públicos para determinar su sujeción al Plan Estatal de Desarrollo;

VII. Vigilar que la formulación de políticas públicas se realice observando los enfoques transversales de género, perspectiva generacional, pertenencia étnica, equilibrio geográfico, interculturalidad, discapacidad y desarrollo sustentable;

VIII. Promover políticas públicas encaminadas al desarrollo sustentable y equilibrado entre los municipios del Estado; y,

IX. Las demás que determine la ley y su reglamento



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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