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Constitución Artículo 159 Estado de Guerrero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/09/2023

Constitución Guerrero
Artículo 159.

El Consejo de Políticas Públicas será competente para:

I. Coadyuvar en la planeación estratégica del desarrollo estatal y determinar las prioridades de políticas públicas en cada una de las ramas de la administración, de conformidad con los objetivos y metas del Estado en el corto, mediano y largo plazo;

II. Constituirse en órgano de consulta del Gobernador del Estado y de la administración pública estatal y municipal para el diseño, evaluación y seguimiento de políticas públicas;

III. Proponer al Gobernador del Estado iniciativas legislativas para establecer las bases, lineamientos y criterios a que deberán ajustarse las políticas públicas del Estado;

IV. Formular opiniones y recomendaciones para el diseño, elaboración, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Estatal de Desarrollo, los planes y programas sectoriales y municipales;

V. Formular a la administración pública estatal y municipal las recomendaciones necesarias para promover y eficientar el desarrollo económico y social del Estado de Guerrero;

VI. Verificar las políticas, planes, programas y proyectos públicos para determinar su sujeción al Plan Estatal de Desarrollo;

VII. Vigilar que la formulación de políticas públicas se realice observando los enfoques transversales de género, perspectiva generacional, pertenencia étnica, equilibrio geográfico, interculturalidad, discapacidad y desarrollo sustentable;

VIII. Promover políticas públicas encaminadas al desarrollo sustentable y equilibrado entre los municipios del Estado; y,

IX. Las demás que determine la ley y su reglamento



Estado de Guerrero Artículo 159 Constitución
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Los nuevos comentarios en el sitio web

El día de descanso no cuenta como vacaciones por ningún motivo. En ese sentido, el trabajador nunca tendría vacaciones.


Buenas tardes ,una pregunta,puedo otorgar el perdón a una persona que esta en prisión por violencia familiar agravado en el estado de oaxaca? Aún no se le dicta sentencia


Tengo entendido que el articulo 78 de la Ley Federal del Trabajo menciona "...la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones CONTINUOS....


Hola, quiero saber si el domingo que es mi día de descanso cuenta como vacaciones, ya que en la ley federal del trabajo no hace mensión de este punto; y en mi trabajo quieren contarme los domingos como vacaciones. yo no tengo ningún inconveniente siempre y cuando este marcado por la ley


hola buenos dias una pregunta me gustaria saber si todavia puedo reclamar derechos de concubinato ya paso el año y pues los licenciados que me asesoraron jamas me dijiron que tenia un plazo para la reclamacion de concubinato jamas me isieron el documento y pues acabo de ver el articulo 291 quintus donde dice que se podria reclamr la sucesion de derechos en ese año se podria aser o ya no tiene validez jamas me dejo trabajar por ultimo me tuve que poner a vender dulces porque el nunca me dejo trabajar y pues lo tuve que aser porque ya no me daba dinero y es que me dejo porque tuve que ver como llevar dinero


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