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Constitución Artículo 88 Estado de Michoacán


Constitución Michoacán
Artículo 88.

Para ser juez de Primera Instancia se requiere:

I.- Ser ciudadano mexicano en el ejercicio de sus derechos;

II.- Tener veinticinco años cumplidos al día de la elección;

III.- Tener el día de la elección, con antigüedad mínima de tres años, título profesional de licenciado en derecho expedido por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo o por la autoridad o institución legalmente facultada para ello; y,

IV.- No haber sido sentenciado por delito doloso. 



Estado de Michoacán Artículo 88 Constitución
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