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Constitución Artículo 86 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/03/2023

Constitución Michoacán
Artículo 86.

La administración de justicia en primera instancia estará a cargo de jueces. La Ley determinará el número de éstos, su residencia, su competencia, sus atribuciones y la manera de cubrir sus faltas absolutas o temporales. Los juzgados de primera instancia residirán en la cabecera de distrito o región que señale la Ley Orgánica.

En materia penal la primera instancia corresponde, además, a los juzgados de control de garantías y tribunales de juicio oral; los que el Consejo del Poder Judicial podrá acordar que sean itinerantes, cuando así se requiera, en todo el Estado.

También son jueces de primera instancia los especializados en justicia penal para adolescentes y los de ejecución de sanciones.



Estado de Michoacán Artículo 86 Constitución
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hola, a 4 meses de terminar el contrato de renta de casa habitación, deseo finiquitarlo antes de su plazo, por motivos de seguridad, (entraron a asaltar ), la penalizacion en el contrato por terminacion anticipada es de dos mensualidades, existe algun argumento para negociar a que sea menos?


Buenastardes. tengo 67 años ya estoy pensionado (2 años), tengo la oportunidad de trabajar bajo el régìmen de asimilados a salarios, hay riesgo de perder mi pensión?


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