< Constitución

Constitución Artículo 6 Estado de Tabasco


Constitución Tabasco
Artículo 6.

Son obligaciones de los ciudadanos tabasqueños:

I.- Inscribirse en los padrones electorales y en el catastro de la municipalidad, en la forma que determinen las leyes;

II. Votar en las elecciones populares, así como en las consultas populares, en los términos que señale la ley;

III.- Desempeñar los cargos de elección del Estado, que en ningún caso serán gratuitos;

IV.- Desempeñar los cargos que les impongan las funciones electorales y las de jurado en el municipio en que residan; y

V.- Las demás que las leyes señalen.



Estado de Tabasco Artículo 6 Constitución
Artículo 1 ...4 ter 5 6 7 8 ...84
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago


No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.



Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse