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Constitución Artículo 6 Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/07/2025

Constitución
Artículo 6.

Son obligaciones de los ciudadanos tabasqueños:

I.- Inscribirse en los padrones electorales y en el catastro de la municipalidad, en la forma que determinen las leyes;

II. Votar en las elecciones populares, así como en las consultas populares, en los términos que señale la ley;

III.- Desempeñar los cargos de elección del Estado, que en ningún caso serán gratuitos;

IV.- Desempeñar los cargos que les impongan las funciones electorales y las de jurado en el municipio en que residan; y

V.- Las demás que las leyes señalen.



Estado de Tabasco Artículo 6 Constitución
Artículo 1 ...4 ter 5 6 7 8 ...84

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Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


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