Constitución Artículo 6 Estado de Tabasco
Constitución Tabasco
Artículo 6.
Son obligaciones de los ciudadanos tabasqueños:
I.- Inscribirse en los padrones electorales y en el catastro de la municipalidad, en la forma que determinen las leyes;
II. Votar en las elecciones populares, así como en las consultas populares, en los términos que señale la ley;
III.- Desempeñar los cargos de elección del Estado, que en ningún caso serán gratuitos;
IV.- Desempeñar los cargos que les impongan las funciones electorales y las de jurado en el municipio en que residan; y
V.- Las demás que las leyes señalen.
Estado de Tabasco Artículo 6 Constitución
Mejores juristas





mi papa se fue con su concubina tramito el divorcio necesario y ahora no le quiere pasar alimentos a mi madre con la cual estubo casado 42 años. que procede?
buenas,no me gusto
estado: tamaulipas
Probablemente en su Entidad federativa de residencia hay un instituto de defensoría pública, ahí le pueden brindar la asesoría jurídica que requiere
se metieron a mi casa dos personas en estado de ebriedad y me golpearon, hice la denuncia y hasta ahorita no recibí atención medica por que no cuento con los medios para hacerlo, y no han obligado a las personas causantes a pagarlos tengo que costearlos yo para que me los puedan pagar y el medico del ministerio puso que los golpes no son de seria consideración ya que son físicos pero internos, pedí la reparación de daños y me ofrecen un acuerdo, mi pregunta es ¿a que tengo derecho y cuanto me protege la ley? porque tampoco cuento con los medios para costearme un abogado que me asesore
Se puede solicitar modalidad 40 una segunda ocasion
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios