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Ley de la Comisión Federal de Electricidad Artículo 95 Federal de México


Ley de la Comisión Federal de Electricidad Federal
Artículo 95.

La Unidad de Responsabilidades podrá abstenerse de iniciar un procedimiento o de imponer sanciones administrativas al personal, cuando de las investigaciones o revisiones practicadas, advierta que se actualiza cualquiera de los siguientes supuestos:

I.Que por una sola vez, por un mismo hecho y en un periodo de un año, la actuación del empleado, en la atención, trámite o resolución de asuntos a su cargo, está referida a una cuestión de criterio o arbitrio opinable o debatible, en la que válidamente puedan sustentarse diversas soluciones, y obren constancias de los elementos que tomó en cuenta el empleado en la decisión que adoptó, o

II.Que el acto u omisión fue corregido o subsanado de manera espontánea por el servidor público o implique error manifiesto.

En cualquiera de estos supuestos, los efectos que, en su caso, se hubieren producido, deberán haber desaparecido o haberse resarcido.

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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias



en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



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