Imprimir

Ley de la Comisión Federal de Electricidad Artículo 94 México


Derogado

Ley de la Comisión Federal de Electricidad
Artículo 94.

El personal de la Comisión Federal de Electricidad y sus empresas productivas subsidiarias, no incurrirá, individual o conjuntamente, en responsabilidad por los daños o perjuicios que llegara a ocasionar a las mismas, derivados de los actos u omisiones, así como por decisiones que adopte, cuando actuando de buena fe se actualice cualquiera de los supuestos siguientes:

I.Cumplan con los requisitos para la aprobación de los asuntos respectivos;

II.Tomen decisiones o voten con base en información proporcionada por las áreas responsables en razón de la materia, o

III.Hayan seleccionado la alternativa más adecuada, a su leal saber y entender, o los efectos patrimoniales negativos no hayan sido previsibles; en ambos casos, con base en la información disponible al momento de la decisión.

México Artículo 94 Ley de la Comisión Federal de Electricidad
Artículo 1 ...92 93 94 95 96 ...121

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse