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Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Artículo 17 Federal de México


Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Federal
Artículo 17.

Corresponde originariamente al Pleno el ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 15 y de manera exclusiva e indelegable:

I.Resolver los asuntos a los que se refieren las fracciones: I, II, III, IV, V, VI, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXXI, XL, XLI, XLIII, XLV, XLVIII, XLIX, LI, LIII, LIV, LVI, y LXII de dicho artículo.

Por lo que se refiere a las fracciones LVIII y LIX, serán indelegables únicamente respecto a la imposición de la sanción;

II.Emitir el estatuto orgánico del Instituto por mayoría calificada de cinco votos, en el que se regulará, al menos, la organización y distribución de facultades de sus unidades;

III.Designar al titular de la autoridad investigadora y al secretario técnico del Pleno, conforme a las propuestas que presente el Comisionado Presidente, así como resolver sobre su remoción;

IV.Designar a los funcionarios del Instituto que se determinen en el estatuto orgánico, a propuesta del Comisionado Presidente y resolver sobre su remoción;

V.Vigilar que los funcionarios y empleados del Instituto actúen con apego a esta Ley, así como a lo dispuesto en el estatuto orgánico y los reglamentos que expida;

VI.Aprobar anualmente el anteproyecto de presupuesto del Instituto que le proponga el Comisionado Presidente, para que éste lo remita, una vez aprobado, al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de incluirse en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación;

VII.Aprobar y publicar el programa anual de trabajo del Instituto que le presente el Comisionado Presidente;

VIII.Aprobar los informes trimestrales de actividades del Instituto que le presente el Comisionado Presidente;

IX. Conocer los informes que deba rendir el titular del Órgano Interno de Control del Instituto;

X.Fijar las políticas y los programas generales del Instituto;

XI.Nombrar a los miembros del Consejo Consultivo;

XII.Presentar solicitud de sobreseimiento respecto de probables conductas delictivas contra el consumo y la riqueza nacional previstas en el artículo 254 bis del Código Penal Federal;

XIII.Aprobar los lineamientos para su funcionamiento;

XIV.Constituir un Comité conformado por tres comisionados para ordenar la suspensión precautoria a la que se refiere la fracción LXI del artículo 15 de esta Ley, y

XV.Dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas las anteriores atribuciones y las demás señaladas en esta Ley.

El Pleno determinará en el estatuto orgánico o mediante acuerdo delegatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación, el ejercicio directo o por delegación de las atribuciones previstas en el artículo 15 de esta Ley, que no estén comprendidas en los supuestos señalados en la fracción I de este artículo.

En el estatuto orgánico del Instituto se establecerán las facultades que ejercerán las diversas unidades del mismo, las cuales estarán bajo el mando y supervisión del Pleno o del presidente, según se trate.



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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias



en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



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