< Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral Artículo 3 Federal de México


Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral Federal
Artículo 3.

1.El sistema de medios de impugnación regulado por esta Ley tiene por objeto garantizar:

a)Que todos los actos y resoluciones de las autoridades electorales en los procesos electorales y de participación ciudadana se sujeten invariablemente, según corresponda, a los principios de constitucionalidad y de legalidad, y

b)La definitividad de los distintos actos y etapas de los procesos electorales.

2.El sistema de medios de impugnación se integra por:

a)El recurso de revisión administrativa, para garantizar la legalidad de actos y resoluciones de la autoridad nacional electoral;

b)El juicio electoral, para garantizar la legalidad de actos y resoluciones de la autoridad nacional electoral y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como la protección de los derechospolítico-electorales de la ciudadanía;

c)El juicio de revisión constitucional electoral, para garantizar la constitucionalidad de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades federales y de las entidades federativas competentes para organizar y calificar los comicios o resolver las controversias que surjan durante los mismos o de los procesos de participación ciudadana, así como de las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y

d)El juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Nacional Electoral y sus personas servidoras públicas.

Federal de México Artículo 3 Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago


No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.



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