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Código Civil Artículo 2604 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2024

Código Civil Chiapas
Artículo 2604.

LA PARTE PAGADA SE PRESUME APROBADA Y RECIBIDA POR EL DUEÑO; PERO NO HABRA LUGAR A ESA PRESUNCION, SOLAMENTE PORQUE EL DUEÑO HAYA HECHO ADELANTOS A BUENA CUENTA DEL PRECIO DE LA OBRA, SI NO SE EXPRESA QUE EL PAGO SE APLIQUE A LA PARTE YA ENTREGADA



Estado de Chiapas Artículo 2604 Código Civil
Artículo 1 ...2602 2603 2604 2605 2606 ...3016

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Muy importante e interesante


AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal


Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


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