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Código Civil Artículo 256 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Civil Chihuahua
Artículo 256.

Son causas de divorcio contencioso:

I.  El adulterio de uno de los cónyuges;

II.  La bigamia, sin perjuicio de la acción de nulidad que pueda ejercitarse;

III.  La perversión física o moral de cualquiera de los cónyuges o su conducta deshonrosa;

IV.  El hecho de que la mujer dé a luz durante el matrimonio, un hijo concebido antes de la celebración de aquel acto y engendrado por persona distinta del marido;

V.  La propuesta del marido para prostituir a su mujer o el recibir dinero o cualquiera otra remuneración por consentir que otra persona tenga relaciones carnales con la misma;

VI.  La violencia física o moral hecha por un cónyuge al otro para que cometa alguna infracción antisocial o participe en ella;

VII.  Los actos de los cónyuges ejecutados con el fin de corromper a sus hijos así como la tolerancia de dicha corrupción;

VIII.  La sevicia, las amenazas y las injurias graves de un cónyuge para el otro.[Fracción reformada mediante Decreto No. 251 81 publicado en el P.O.E. No. 43 publicado el 30 de mayo de 1981]

IX.  Cometer uno de los cónyuges contra la persona del otro un acto que sería punible si se tratare de persona extraña. [Fracción reformada mediante Decreto No. 251 81 publicado en el P.O.E. No. 43 publicado el 30 de mayo de 1981]

X.  La acusación calumniosa hecha por un cónyuge en contra del otro por la comisión de un delito. [Fracción reformada mediante Decreto No. 251 81 publicado en el P.O.E. No. 43 publicado el 30 de mayo de 1981]

XI.  Haber cometido uno de los cónyuges un delito infamante, siempre que el otro no haya tenido participación en su comisión. [Fracción reformada mediante Decreto No. 251 81 publicado en el P.O.E. No. 43 publicado el 30 de mayo de 1981]

XII.  La impotencia o la esterilidad incurables;

XIII.  La enajenación mental;

XIV.  Padecer cualquiera de los cónyuges alguna enfermedad crónica e incurable que sea además contagiosa o hereditaria. [Fracción reformada mediante Decreto No. 251 81 publicado en el P.O.E. No. 43 publicado el 30 de mayo de 1981]

XV.  El vicio del juego o de la embriaguez o el uso continuo de drogas enervantes;

XVI.  El abandono del domicilio o de las obligaciones conyugales por más de tres meses sin causa justificada;

XVII.  La separación del hogar conyugal por uno de los cónyuges por más de un año sin que el otro haya entablado demanda de divorcio;

XVIII. La negativa de uno de los cónyuges a ministrar al otro los alimentos que le correspondan conforme a la ley; y

XIX.  La incompatibilidad de caracteres.

XX. Las conductas de violencia familiar generadas por un cónyuge contra el otro o en contra de los hijos, conforme a lo previsto por el artículo 300 ter. 



Estado de Chihuahua Artículo 256 Código Civil
Artículo 1 ...254 255 256 256 bis 257 ...2936

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