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Código Civil Artículo 2780 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código Civil
Artículo 2780.

Son aplicables a la acción de revocación por causa de ingratitud, las siguientes disposiciones:

I. No puede ser renunciada anticipadamente.

II. Prescribe en un año contado desde que se tuvo conocimiento del hecho que la motive.

III. No podrá ejercitarse contra los herederos del donatario, a no ser que en vida de éste hubiese sido intentada.

IV. No puede ser ejercitada por los herederos del donante, si éste pudiendo, no la hubiese intentado



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 2780 Código Civil
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?


La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?


Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


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