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Código Civil Artículo 3058 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código Civil
Artículo 3058.

Al mandato irrevocable son aplicables las siguientes disposiciones:

I. Tiene el carácter de accesorio del contrato bilateral del cual es condición o de la obligación para cuyo cumplimiento se otorgó.

II. No puede ser renunciado por el mandatario.

III. Sólo puede ser especial en cuanto a su objeto, pudiendo ser general en cuanto a las facultades, y termina al celebrarse el contrato, extinguirse la obligación o concluirse el asunto para los que se otorgó.

IV. Cuando el mandato se otorgue como una condición en un contrato bilateral, impide que este último surta efectos, hasta que se confiera dicho mandato.

V. Sí el mandato se otorgó como un medio para pagar una obligación contraída por el mandante en favor del mandatario, este último está facultado para pagarse al ejercer el mandato.

VI. Si falleciere el mandante, sin haberse realizado el asunto para el que se confirió el mandato, el mandatario debe concluirlo a nombre de la sucesión del mandante y rendir cuentas a los herederos de éste, salvo que se le haya dispensado de esta obligación; y

VII. Si fallece e1 mandatario antes de realizarse el objeto del mandato, el albacea de la sucesión de aquél, ejecutará éste.



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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?


La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?


Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


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