Código Civil Artículo 791 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Civil Coahuila
Artículo 791.
Por razón de delito son incapaces de adquirir por testamento o por intestado:
(REFORMADA, P.O. 12 DE ENERO DE 2007)
I. El que haya sido condenado por haber dado, mandado o intentado dar muerte a la persona de cuya sucesión se trate, o al cónyuge o persona con quien el testador hubiere vivido maritalmente, compañero civil, o a los padres, hijos o hermanos de éstos.
(REFORMADA, P.O. 12 DE ENERO DE 2007)
II. El que haya hecho contra el autor de la sucesión, o contra alguna de las otras personas mencionadas en la fracción anterior, denuncia o acusación por delito que merezca pena de prisión, aún cuando aquélla sea fundada, si el acusador o denunciante fuere descendiente, ascendiente, cónyuge, compañero civil o hermano del testador, a no ser que ese acto haya sido preciso para que el acusador salvara su vida o su honra, o la de sus descendientes, ascendientes, hermanos, medios hermanos, o cónyuge, persona con quien haga vida marital o compañero civil. Se aplicará también lo dispuesto en esta fracción, aunque el acusador o denunciante no fuere descendiente, ascendiente, cónyuge, compañero civil o hermano del autor de la herencia, si la acusación es declarada calumniosa.
III. El cónyuge que mediante juicio ha sido declarado adúltero, si se trata de suceder al cónyuge inocente.
IV. El coautor del cónyuge adúltero, ya sea que se trate de la sucesión de éste o de la del cónyuge inocente.
(REFORMADA, P.O. 12 DE ENERO DE 2007)
V. El que haya sido condenado por un delito que merezca pena de prisión, cometido contra el autor de la herencia, de sus descendientes, de su cónyuge, persona con quien hizo vida marital o compañero civil.
(REFORMADA, P.O. 16 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
VI. Los padres respecto del hijo abandonado por ellos.
(REFORMADA, P.O. 22 DE SEPTIEMBRE DE 2006)
VII. Los padres que prostituyan a sus hijos o atentaren a su pudor, respecto de los ofendidos; o que los hayan hecho objeto de violencia familiar debidamente comprobada.
(REFORMADA, P.O. 12 DE ENERO DE 2007)
VIII. Los parientes o compañero civil del autor de la herencia que, teniendo obligación de darle alimentos, no la hubieran cumplido.
(REFORMADA, P.O. 12 DE ENERO DE 2007)
IX. Los parientes o compañero civil del autor de la herencia que, hallándose éste imposibilitado para trabajar y sin recursos, no lo protegieron o por lo menos no lo hicieron recoger en establecimientos de beneficencia.
X. El que usare de violencia, dolo o fraude con una persona para que haga, deje de hacer o revoque su testamento.
XI. El que, conforme al Código Penal, fuere culpable de supresión, substitución o suposición de infante, siempre que se trate de la herencia que debió corresponder a éste o a las personas a quienes se haya perjudicado o intentado perjudicar con esos actos
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 791 Código Civil
Mejores juristas





en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios