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Código Civil Artículo 1985 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Código Civil
Artículo 1985.

Si el subarriendo se hiciere en virtud de la autorización general concedida en el contrato, el arrendatario será responsable al arrendador, como si él mismo continuará en el uso o goce de la cosa



Estado de Guanajuato Artículo 1985 Código Civil
Artículo 1 ...1983 1984 1985 1986 1987 ...3035

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