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Código Civil Artículo 2629 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Civil Hidalgo
Artículo 2629.

Si el empresario muere antes de terminar la obra, podrá rescindirse el contrato; pero el dueño indemnizará a los herederos de aquél, del trabajo y gastos hechos



Estado de Hidalgo Artículo 2629 Código Civil
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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


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