Código Civil Artículo 2985 Estado de Hidalgo
Código Civil Hidalgo
Artículo 2985.
El crédito cuya preferencia provenga de convenio fraudulento entre el acreedor y el deudor, pierde toda preferencia, a no ser que el dolo provenga sólo del deudor, quien en este caso será responsable de los daños y perjuicios que se sigan a los demás acreedores, además de las penas que merezca por el fraude
Estado de Hidalgo Artículo 2985 Código Civil
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código Civil Nayarit Artículo 323. Código Civil Veracruz Artículo 2003. Código Civil Federal Artículo 498. Código Civil México Artículo 4.201. Respeto y consideración entre hijos y ascendientes Código Civil Oaxaca Artículo 520.Recomendados
Código Civil Federal Artículo 2985. Código Civil Baja California Artículo 1402. Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores Artículo 7. Código Procesal Familiar Morelos Artículo 710. DETERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ACORDE CON EL TIPO DE TESTAMENTO Código de Procedimientos Civiles Chiapas Artículo 661.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios