Código Civil Artículo 2522 Estado de Jalisco
Código Civil Jalisco
Artículo 2522.
La hipoteca de una construcción levantada en terreno ajeno no comprende el área.
Cuando alguien construyere de buena fe en terreno ajeno, y el propietario no quiere hacer uso del derecho que le concede este código para adquirir la construcción, podrá hipotecarse ésta por el constructor.
Estado de Jalisco Artículo 2522 Código Civil
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
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