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Código Civil Artículo 4.32 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Civil México
Artículo 4.32. Contenido de las capitulaciones de la sociedad conyugal

Las capitulaciones matrimoniales en que se establezca la sociedad conyugal, deben contener:

I.El inventario de los bienes muebles e inmuebles que cada cónyuge aporte a la sociedad, con expresión de su valor y de los gravámenes que reporten;

II.La relación de deudas que tenga cada cónyuge al celebrar las capitulaciones y si el patrimonio común responde de ellas;

III.La declaración expresa de si la sociedad conyugal ha de comprender todos los bienes presentes o futuros de cada cónyuge o sólo parte de ellos, precisando cuáles son los bienes que hayan de entrar a la sociedad;

IV.La declaración de si el producto del trabajo de cada cónyuge formará o no parte del patrimonio común;

V.La designación del administrador del patrimonio común, expresándose las facultades que se le conceden, que en ningún caso podrán ser de dominio;

VI.Las bases para liquidar la sociedad.



Estado de México Artículo 4.32 Código Civil
Artículo 1.1 ...4.30 4.31 4.32 4.33 4.34 ...8.76

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