Código Civil Artículo 4.32 Estado de México
Código Civil México
Artículo 4.32. Contenido de las capitulaciones de la sociedad conyugal
Las capitulaciones matrimoniales en que se establezca la sociedad conyugal, deben contener:
I.El inventario de los bienes muebles e inmuebles que cada cónyuge aporte a la sociedad, con expresión de su valor y de los gravámenes que reporten;
II.La relación de deudas que tenga cada cónyuge al celebrar las capitulaciones y si el patrimonio común responde de ellas;
III.La declaración expresa de si la sociedad conyugal ha de comprender todos los bienes presentes o futuros de cada cónyuge o sólo parte de ellos, precisando cuáles son los bienes que hayan de entrar a la sociedad;
IV.La declaración de si el producto del trabajo de cada cónyuge formará o no parte del patrimonio común;
V.La designación del administrador del patrimonio común, expresándose las facultades que se le conceden, que en ningún caso podrán ser de dominio;
VI.Las bases para liquidar la sociedad.
Estado de México Artículo 4.32 Código Civil
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios