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Código Civil Artículo 2538 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Código Civil
Artículo 2538.

El porteador de efectos deberá extender al cargador una carta de porte de la que éste podrá pedir copia. En dicha carta se expresarán:

I.El nombre, apellido y domicilio del cargador;

II.El nombre, apellido y domicilio del porteador;

III.El nombre, apellido y domicilio de la persona a quien o a cuya orden van dirigidos los efectos, o si han de entregarse al portador de la misma carta;

IV.La designación de los efectos, con expresión de su calidad genérica, de su peso y de las marcas o signos exteriores de los bultos en que se contengan;

V.El precio del transporte;

VI.La fecha en que se hace la expedición;

VII.El lugar de la entrega al porteador;

VIII.El lugar y el plazo en que habrá de hacerse la entrega al consignatario;

IX.La indemnización que haya de abonar el porteador en caso de retardo, si sobre este punto mediare algún pacto.

Los porteadores deberán tener un registro en que asienten la razón de las cartas de porte que expidan



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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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