Código Civil Artículo 2854 Estado de Oaxaca
Código Civil Oaxaca
Artículo 2854.
Los acreedores hipotecarios y los pignoraticios, podrán abstenerse de tomar parte en la junta de acreedores en la que haga proposiciones el deudor, y, en tal caso, las resoluciones de la junta no perjudicarán sus respectivos derechos.
Si por el contrario, prefieren tener voz y voto la mencionada junta, serán comprendidos en las esperas o quitas que la junta acuerde, sin perjuicio, del lugar y grado que corresponda al título de su crédito
Estado de Oaxaca Artículo 2854 Código Civil
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código Civil Nuevo León Artículo 863. Código Procesal Penal Hidalgo Artículo 242. Oportunidad para formular la imputación a personas en libertad Código Procesal Familiar Morelos Artículo 551 decies. PLAZO ESPECIAL DE CADUCIDAD Y OTRAS CAUSAS DE TERMINACIÓN DE LA INSTANCIA Código Civil Nuevo León Artículo 341. Código Civil Yucatán Artículo 1988.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios