Código Civil Artículo 1118 Estado de Puebla
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13/04/2025
Código Civil Puebla
Artículo 1118.
Los derechos y obligaciones de los condóminos(sic) a que se refiere este Capítulo, se regirán por este Código, la Ley que regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla y por las escrituras en que se hubiere constituido el régimen de propiedad en condominio.
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
18/03/25 17:00:20
Hola buenas tardes hay algun articulo en la ley de condominos que no se puede pegar propaganda dentro del fraccionamiento
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