Código Civil Artículo 2552 Estado de Puebla
Código Civil Puebla
Artículo 2552.
Cuando la obra se contrató por honorarios que se estimen en un tanto por ciento de lo invertido en aquélla, el contrato puede rescindirse a voluntad de las partes, aplicándose las siguientes disposiciones:
I. Si se rescinde el contrato por voluntad del empresario, éste tiene derecho de cobrar los honorarios de la porción concluida de la obra;
II. Si el contrato se rescinde por voluntad del dueño, éste debe pagar al empresario, además de lo honorarios a que se refiere la fracción anterior el cincuenta por ciento de los honorarios que hubiere devengado si continuara la obra;
III. El empresario, al rescindirse el contrato, deberá probar el costo de los materiales, el empleo de éstos en la obra y el importe de los gastos hechos;
IV. En caso de conflicto entre el empresario y el dueño sobre el importe de los honorarios a que se refiere este artículo, antes de ocurrir a los tribunales, obtendrán un dictamen de peritos
Estado de Puebla Artículo 2552 Código Civil
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios