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Código Civil Artículo 607 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Civil Puebla
Artículo 607.

En el caso del artículo anterior, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I. Los abuelos a quienes corresponde la patria potestad convendrán entre ellos, si la ejercerán lo de la línea paterna o los de la línea materna;

II. Si no se pusieren de acuerdo los abuelos, decidirá el Juez, oyendo a los ascendientes y al menor si ya cumplió catorce años;

III. La resolución del Juez a que se refiere la fracción anterior debe dictarse atendiendo a lo que sea más conveniente a los intereses del menor;

IV. Si el abuelo o abuela por una de las líneas es viudo o casado en segundas nupcias, y los dos abuelos por la otra línea viven juntos, puede el Juez confiar a éstos o a aquél la patria potestad, según sea más conveniente para el menor;

V. Si la patria potestad se defiere por convenio o por resolución judicial a los abuelos por una línea, a falta o por impedimento de éstos, corresponderá ejercerla a los de la otra línea



Estado de Puebla Artículo 607 Código Civil
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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