Código Civil Artículo 692 Estado de Puebla
Código Civil Puebla
Artículo 692.
No pueden ser tutores, aunque estén anuentes en recibir el cargo:
I. Los menores de edad;
II. Los mayores de edad que se encuentren bajo tutela;
III. Los que hayan sido separados de otra tutela, por la causa establecida en la fracción III del artículo siguiente;
IV. Los que por sentencia que cause ejecutoria hayan sido privados de este cargo o inhabilitados para obtenerlo;
V. Los que hayan sido condenados o estén procesados por delitos contra la propiedad o por delitos infamantes;
VI. Los que no tengan oficio o modo de vivir honesto o sean notoriamente de mala conducta;
VII. Los que al discernirse la tutela, tengan pleito pendiente con el incapacitado;
VIII. Los deudores del incapacitado, en cantidad considerable, a juicio del Juez, a no ser que quien lo nombró tutor testamentario lo haya hecho con conocimiento de la deuda, declarándolo así expresamente al hacer el nombramiento;
IX. Los jueces, magistrados y demás funcionarios o empleados de la administración de justicia;
X. Los que no estén domiciliados en el lugar en que deba ejercerse la tutela;
XI. Los empleados del Fisco, que por razón de su destino tengan responsabilidad pecuniaria actual, o la hayan tenido y no la hubieren cubierto;
XII. Los que padezcan enfermedad crónica contagiosa;
XIII. Los demás a quienes lo prohíba la ley.
Estado de Puebla Artículo 692 Código Civil
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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