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Código Civil Artículo 2009 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Querétaro
Artículo 2009.

Cuando el adquirente ha renunciado el derecho al saneamiento para el caso de evicción, el que enajena debe entregar únicamente el precio íntegro que recibió por la cosa al momento de la adquisición o en que sufra la evicción; sin embargo, quedará libre de esta obligación, si el que adquirió lo hizo con conocimiento de los riesgos de evicción y sometiéndose a sus consecuencias



Estado de Querétaro Artículo 2009 Código Civil
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