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Código Civil Artículo 2504 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código Civil San Luis Potosí
Artículo 2504.

La asamblea general se reunirá en la época fijada por los Estatutos o cuando sea convocada por la dirección. Esta deberá citar a asamblea cuando para ello fuere requerida por más de un asociado, si no lo hiciere, en su lugar lo hará el Juez de lo Civil a petición de dichos asociados. El Director tendrá voto de calidad



Estado de San Luis Potosí Artículo 2504 Código Civil
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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