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Código Civil Artículo 2139 Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/07/2026

Código Civil Sinaloa
Artículo 2139.

Las compras de cosas que se acostumbran gustar, pesar o medir, no producirán sus efectos sino después de que se hayan gustado, pesado y medido los objetos vendidos



Estado de Sinaloa Artículo 2139 Código Civil
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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