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Código Civil Artículo 2227 Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Civil Sinaloa
Artículo 2227.

La donación de bienes raíces se hará en la misma forma que para su venta exige la Ley.



Estado de Sinaloa Artículo 2227 Código Civil
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Cuánto tiempo es necesario dejar pasar después de un divorcio para poder volver a casarse por el civil?

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