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Código Civil Artículo 2836 Estado de Sinaloa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2026

Código Civil Sinaloa
Artículo 2836.

Cuando las partes están instruidas de la nulidad del título, o la disputa es sobre esa misma nulidad pueden transigir válidamente, siempre que los derechos a que se refiere el título sean renunciables



Estado de Sinaloa Artículo 2836 Código Civil
Artículo 1 ...2834 2835 2836 2837 2838 ...2934

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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


Se considera suficiente para se condenado a perder la patria potestad de un hijo, que el padre sea condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de delitos contra la salud, de acuerdo con la fracción I del artículo 4.224 del Código Civil


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