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Código Civil Artículo 2233 Estado de Sonora


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Sonora
Artículo 2233.

El nuevo adquirente o poseedor de las cosas gravadas por un derecho real, será responsable frente al titular del mismo, quedando liberado el que fue dueño o poseedor de la cosa, siempre y cuando no se haya ocultado el gravamen. Si se ocultó, el adquirente o poseedor tendrá acción en contra del enajenante, en los términos previstos para el caso de evicción.

 



Estado de Sonora Artículo 2233 Código Civil
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