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Código Civil Artículo 2979 Estado de Sonora


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Sonora
Artículo 2979.

El contrato de sociedad debe contener:

I.Los nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse;

II.La razón social;

III.El objeto de la sociedad; y

IV.El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir.

Si falta alguno de estos requisitos se aplicará lo que dispone el artículo 2977.



Estado de Sonora Artículo 2979 Código Civil
Artículo 1 ...2977 2978 2979 2980 2981 ...3452

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