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Código Civil Artículo 3237 Estado de Sonora


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Civil Sonora
Artículo 3237.

El derecho que da la prenda al acreedor se extiende sobre los siguientes bienes:

I.A todas las acciones de la cosa;

II.A las mejoras hechas por el propietario, y

III.A los frutos de la misma, si existe pacto expreso en tal sentido



Estado de Sonora Artículo 3237 Código Civil
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